Derecho de copia privada

Ayer conocí a una Fiscal y no pude evitar la curiosidad de preguntarle cuál era su opinión al respecto del Derecho de Copia Privada y las acusaciones de ilegalidad que ciertas Entidades de Gestión hacen contínuamente.

Me dijo que, tal y como otras personas han reiterado una y otra vez en sus bitácoras, en entrevistas en Internet y en televisión, como David Bravo, que el Derecho de Copia Privada está contemplado por la ley desde tiempos inmemoriales, desde aquellos tiempos en los que copiar cintas de música era algo tan habitual que nadie se pregntaba acerca de su “supuesta ilegalidad”. De hecho, es el canon que pagamos en los soportes digitales, como CDs y DVDs, el que representa el acuerdo entre la industria productora de contenidos (no sabría decir toda ella también producen cultura) y los consumidores que permite ejercer el Derecho de Copia Privada compensando, mediante él, a aquella.

Por ello, desde aquí, quisiera solicitar a las Entidades de Gestión que cesen en su campañana de desprestigio y persecución a los consumidores que, a través del Derecho de Copia Privada contemplado por la ley y el canon compensatorio, ejercen su capacidad para duplicar (y no robar, pues los contenidos digitales, al igual que las ideas, no pueden ser robados, tan sólo duplicados), descargar, disfrutar y compartir la cultura, la música, la información y el conocimiento.

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